La Ley
General de Cambio Climático busca garantizar el derecho a un medio ambiente
sano y establecer la concurrencia de facultades de la federación, las entidades
federativas y los municipios en la elaboración y aplicación de políticas
públicas para la adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de
gases y compuestos de efecto invernadero; regular las emisiones de gases y
compuestos de efecto invernadero para lograr la estabilización de sus
concentraciones en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenos
peligrosas en el sistema climático; regular las acciones para la mitigación y
adaptación al cambio climático; reducir la vulnerabilidad de la población y los
ecosistemas del país frente a los efectos adversos del cambio climático, así
como crear y fortalecer las capacidades nacionales de respuesta al fenómeno;
fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología
e innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio
climático; establecer las bases para la concertación con la sociedad, y
promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas
emisiones de carbono.
La Ley crea
el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático como un organismo público
descentralizado de la administración pública federal, con personalidad
jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado en la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Asimismo, norma la Política
Nacional de Cambio Climático, Política Nacional de Adaptación frente al Cambio
Climático y la Política Nacional de Mitigación de Cambio Climático. También el
Sistema Nacional de Cambio Climático, la Comisión Intersectorial de Cambio
Climático y el Consejo de Cambio Climático. De igual manera define como
instrumentos de planeación la Estrategia Nacional de Cambio Climático, el
Programa de Cambio Climático y los programas de las Entidades Federativas.
También integra un Sistema de Información sobre el Cambio Climático a cargo del
Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Asimismo, crea el Fondo para el Cambio
Climático con el objeto de captar y canalizar recursos financieros públicos,
privados, nacionales e internacionales, para apoyar la implementación de
acciones para enfrentar el cambio climático.
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País
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Tipo
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Leyes
y decretos sectoriales no pertenecientes al marco jurídico e institucional de
la SAN
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Fecha de
publicación:
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06.06.2012
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Web
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Vínculo a otros
actos jurídicos
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Instituciones
vinculadas
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Objetivo o
propósito
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Objetivos
- Garantizar el
derecho a un medio ambiente sano y establecer la concurrencia de
facultades de la federación, las entidades federativas y los municipios
en la elaboración y aplicación de políticas públicas para la adaptación
al cambio climático y la mitigación de emisiones de gases y compuestos
de efecto invernadero;
- Regular las
emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero para lograr la
estabilización de sus concentraciones en la atmósfera a un nivel que
impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático;
- Regular las
acciones para la mitigación y adaptación al cambio climático;
- Reducir la
vulnerabilidad de la población y los ecosistemas del país frente a los
efectos adversos del cambio climático, así como crear y fortalecer las
capacidades nacionales de respuesta al fenómeno;
- Fomentar la
educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e
innovación y difusión en materia de adaptación y mitigación al cambio
climático;
- Establecer las
bases para la concertación con la sociedad; y
- Promover la
transición hacia una economía competitiva, sustentable y de bajas
emisiones de carbono.
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Alcance
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La presente ley es de
orden público, interés general y observancia en todo el territorio nacional y
las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción y
establece disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio
climático.
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Definiciones
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Cambio climático: Variación del clima atribuido directa o
indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la
atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada
durante períodos comparables.
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Principios
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- Sustentabilidad
en el aprovechamiento o uso de los ecosistemas y los elementos naturales
que los integran.
- Corresponsabilidad
entre el Estado y la sociedad en general, en la realización de acciones
para la mitigación y adaptación a los efectos adversos del cambio
climático.
- Precaución,
cuando haya amenaza de daño grave o irreversible, la falta de total
certidumbre científica no deberá utilizarse como razón para posponer las
medidas de mitigación y adaptación para hacer frente a los efectos
adversos del cambio climático.
- Prevención,
considerando que ésta es el medio más eficaz para evitar los daños al
medio ambiente y preservar el equilibrio ecológico ante los efectos del
cambio climático.
- Adopción
de patrones de producción y consumo por parte de los sectores público,
social y privado para transitar hacia una economía de bajas emisiones en
carbono.
- Integralidad
y transversalidad, adoptando un enfoque de coordinación y cooperación
entre órdenes de gobierno, así como con los sectores social y privado
para asegurar la instrumentación de la política nacional de cambio
climático.
- Participación
ciudadana, en la formulación, ejecución, monitoreo y evaluación de la
Estrategia Nacional, planes y programas de mitigación y adaptación a los
efectos del cambio climático.
- Responsabilidad
ambiental, quien realice obras o actividades que afecten o puedan
afectar al medio ambiente, estará obligado a prevenir, minimizar, mitigar,
reparar, restaurar y, en última instancia, a la compensación de los
daños que cause.
- El
uso de instrumentos económicos en la mitigación, adaptación y reducción
de la vulnerabilidad ante el cambio climático incentiva la protección,
preservación y restauración del ambiente; el aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales, además de generar beneficios económicos a
quienes los implementan.
- Transparencia,
acceso a la información y a la justicia, considerando que los distintos
órdenes de gobierno deben facilitar y fomentar la concientización de la
población, poniendo a su disposición la información relativa al cambio
climático y proporcionando acceso efectivo a los procedimientos
judiciales y administrativos pertinentes atendiendo a las disposiciones
jurídicas aplicables.
- Conservación
de los ecosistemas y su biodiversidad, dando prioridad a los humedales,
manglares, arrecifes, dunas, zonas y lagunas costeras, que brindan
servicios ambientales, fundamental para reducir la vulnerabilidad.
- Compromiso
con la economía y el desarrollo económico nacional, para lograr la
sustentabilidad sin vulnerar su competitividad frente a los mercados
internacionales.
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